Nota informativa sobre equipación de motorista
La DGT ha informado de la manera en la que los aspirantes a sacarse el carnet de motocicletas, en sus distintas variantes, AM, A1 y A2 deben llevar como prendas exigibles en las pruebas durante la realización de las mismas.
Las pruebas se realizan tanto en circuito cerrado como en vías abiertas al tráfico en general.
Para los permisos de AM, A1 y A2 el equipo debe estar compuesto de:
- Casco homologado
- Guantes
- Chaqueta
- Pantalones específicos para montar en motocicleta
- Protecciones en espalda, hombros, codos y rodillas
- Botas de cuero o material similar que protejan el tobillo
Por lo tanto, a la hora de realizar las pruebas de aptitud los aspirantes de los permisos AM, A1 y A2, los aspirantes deberán llevar casco, pantalones y chaquetas homologadas además de guantes y botas.
Los pantalones deben ser homologados y con protecciones en las rodillas. En caso de presentarse algún aspirante sin este requisito, puede admitirse lo siguiente:
- Si un aspirante se presenta con un pantalón que cumple las dos condiciones, es para montar en moto y trae sus protecciones integradas, se debe admitir a examen. También se deben admitir a examen los cubrepantalones homologados de motoristas con protecciones integradas.
- Si un aspirante se presenta con un pantalón homologado de motorista al que se le colocan protecciones intercambiables (normalmente rodilleras y espinilleras) colocadas sobre esta prenda de motorista homologada, se debe admitir a examen.
- Si un aspirante se presenta con un pantalón de motorista sin las protecciones, no se debe admitir a examen por no cumplir con la segunda condición.
- Si un aspirante se presenta con un pantalón convencional (tejano, chandal, etc) con protecciones, no se debe admitir a examen por no cumplir con la primera condición.
En relación a la chaqueta de motorista se exigirán dos condiciones:
- Que sea una chaqueta homologada para montar en motocicleta
- Que lleve protecciones en espalda, hombros y codos.
En base a estas dos premisas se actuará, dependiendo del caso en que nos encontremos, como se indica a continuación:
- Si un aspirante se presenta con una chaqueta que cumple las dos condiciones, es para montar en moto y trae sus protecciones integradas, se debe admitir a examen.
- Si un aspirante se presenta con una chaqueta homologada de motorista a la que se le colocan protecciones intercambiables (normalmente chaleco con protección en espalda) colocadas sobre esta prenda de motorista homologada, se debe admitir a examen.
- Si un aspirante se presenta con una chaqueta de motorista sin las protecciones, no se debe admitir a examen.
- Si un aspirante se presenta con una chaqueta convencional (tejano, chandal, etc) con protecciones, no se debe admitir a examen por no cumplir con la primera condición.
Los pantalones y chaquetas deben cumplir con las normas establecidas en los estándares “EN” de homologación según la reglamentación europea 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016 relatico a los equipos de protección individual, por el que se anula la Directiva 89/686/CEE del Consejo.
Hay determinadas prendas que aunque no se ajustan a la normativa europea actual, pueden seguir siendo usadas hasta que cumplan su vida útil dentro del marco europeo hasta abril de 2023, como ocurre con la homologación de chaquetas y pantalones para motoristas dentro del estándar europeo establecido en la norma EN 13595.
- En lo que se refiere a los guantes, éstos deben proteger las muñecas y las manos de los usuarios sin dificultar en momento alguno el manejo del vehículo.
- En el caso de las botas se pueden utilizar aquellas que protejan lo suficiente de fracturas, contusiones y quemaduras por abrasión (ya sean de cuero o material sintético similar). Además la caña debe ser lo suficiente alta como para cubrir los tobillos para protegerlos.
En cuanto a las botas de montaña, aunque no sean el calzado adecuado para su uso en la conducción de motocicletas, pueden admitirse siempre y cuando cumplan con las condiciones expuestas anteriormente, la caña lo suficientemente alta para proteger el tobillo y el material lo suficiente duro para prevenir ante posibles fracturas, contusiones y quemaduras por abrasión.
Nota informativa sobre equipación de motorista; Ropa no admitida
Por ejemplo, no serán admisibles:
- Zapatos tipo trecking
- Zapatillas de tenis
- Cualquier calzado fabricado con material de escasa resistencia, como botas de tela